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El caso de San Antonio y el Poder Judicial. Preocupante limitación a atribuciones de Carabineros, quienes requieren de más respaldo de la sociedad

La delincuencia en Chile es tema preocupante. Se tiene la impresión que esta se intensifica en aumento de acontecimientos y en gravedad de ellos.

Abro una corta mención inicial a un tema bien concreto.

Posiblemente a muchos nos ha sorprendido la actuación de ese juez de San Antonio liberando a detenidos por Carabineros, actitud que posteriormente fue respaldada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso. El Gobierno ha reaccionado frente a lo anterior, con la suavidad que podría decirse es aconsejable en la relación entre poderes del Estado. 

Es preocupante a mi juicio que el Poder Judicial limite las posibilidades de fiscalización de Carabineros en calles y carreteras, revisando vehículos. La experiencia de ellos es muy importante para detectar posibles delitos y además tienen la responsabilidad de fiscalizar lo que se trasporta, como por ejemplo de arrendatarios que abandonan sus viviendas sin autorización de los arrendadores.

Parece poco racional argumento que da el juez en la audiencia de detención, al considerar a esta ilícita porque los policías estaban en un control de tránsito que no los faculta a revisar el maletero. Eso puede significar por ejemplo que en un control de tránsito, habiendo fundadas sospechas, la policía no puede hacer una fiscalización complementaria de tráfico de drogas o de trasporte por ejemplo de armas o de explosivos. Es grave a mi juicio por otra parte que se elimine la detección de un delito, porque se haya interpretado que la policía ha actuado algo más allá de las funciones que en ese momento cumplía; siguiendo esta interpretación, la actitud de Carabineros merecería a lo menos una nota de constancia de un mal proceder.

Entiendo que Carabineros al controlar el tránsito puede revisar si el vehículo cumple exigencias como la de llevar un extintor en condiciones adecuadas de carga, como también elementos de primeros auxilios. Para hacerlo puede exigir que se abra el maletero o porta maletas si es allí donde van esos elementos. Entiendo además que en cualquiera circunstancia que se detecte un delito, el policía debe actuar y denunciarlo cuando sea necesario.

Cabe preguntarse si con actitudes judiciales de esta naturaleza no se esté contribuyendo a coartar iniciativas preventivas de delitos que es una de las obligaciones fundamentales de los carabineros.

Es de esperar que la Corte Suprema se pronuncie sobre el caso. Más adelante me refiero más a él. Y el tema se analice entre el Poder Judicial y el Ejecutivo. Debiera ser materias de preocupación por de pronto de los ministerios de Hacienda y de Justicia.

 Es preocupante en este caso la falta de apoyo a una actitud vigilante de Carabineros que tendría justificación en la medida que a lo menos los procesados iban en un auto con vidrios polarizados, incluso al parecer el parabrisas, lo que sería contrario a la ley.

 Preocupa por otra parte que no se permita circular a vehículos con vidrios polarizados, salvo que el vehículo haya sido importado con esas características. Por qué es ello. Parece más lógico que en casos calificados se permitan los vehículos con vidrios polarizados, sean importados así o se polaricen en el país.

Vuelvo al tema de la delincuencia. Esta se hace presente en muy distintos frentes.

En el político aparece el tema del financiamiento de las campañas políticas, con dos matices, uno más suave el de empresas que financian ilegalmente candidatos de sus tendencias políticas, al de otras empresas que financian más transversalmente para al parecer lograr beneficios legales, lo que sin duda es de características más graves.

Aparecen entre estas últimas especialmente SQM y también se le atribuyen presencia en este matiz en la industria del área pesquera.

Sin duda que estas noticias perjudican la imagen del Parlamento en especial y en general la de los partidos políticos.

Por otra parte se tiene la impresión que hay bastante corrupción en el sector municipal. Se destaca para este sector el tema de los vertederos.

Posiblemente unos de los hechos que más ha impactado es lo que ha sucedido en Carabineros y también en el Ejército.

Las privatizaciones y otros procesos en el período del Gobierno Militar, que merecen serias dudas de sus honestidades, no se pudieron investigar por compromisos que debieron aceptar los partidos políticos para lograr llegar nuevamente a la democracia. La no investigación de esos hechos, contribuyen de alguna manera a hacer decaer los valores morales de algunos sectores de la sociedad. Por otra parte las privatizaciones habrían contribuido a acentuar la concentración económica, que es una de las características más negativas de la economía actual chilena.

También es preocupante la colusión entre grandes empresas para fijar precios, como ha sido en el sector de las farmacias y entre empresas del papel confort. Preocupante sin duda es en lo que se ve comprometida la empresa Papeles y Cartones, de gran prestigio en su época en que la presidieron Jorge Alessandri Rodríguez y Ernesto Ayala Oliva.

Positivo frente a estos hechos es que se ha avanzado en legislaciones de fiscalización y control y en su organización institucional. Por otra parte es muy positiva la mayor presencia de las organizaciones de consumidores y sus éxitos logrados.

La otra grave delincuencia en Chile está en torno de las drogas, que constituyen un verdadero cáncer de nuestra sociedad. Tiene dos importantes extremos, por una parte las cabezas constituidas por poderosos verdaderos magnates con poderes económicos e incluso sociales en el medio que se desenvuelven y en el otro extremo, la juventud que en la base cae en la droga en una especies de relación con una oportunidad de trabajo y su caída en el vicio. La desesperación por financiar sus vicios la llevan al delito y el delincuente afectado por la droga misma actúa con extrema violencia, sin consideración del afectado, a veces incluso frente a sus familiares más directos.

La delincuencia infantil y juvenil, a veces utilizada por los mayores, pronostica un futuro aún más acentuado. Impacta saber de los llamados “portonazos”, robos con violencia de automóviles. Ver como muchachos muy jóvenes, incluso casi niños, están presentes en ellos.

Los robos hormigas en supermercados parece que han dejado de ser delitos. Están tan generalizados e incluyen a muchos niños, delitos que ya no son denunciados a la justicia.

Impacta ver como llegan unos pocos delincuentes que rápidamente asaltan a pequeños comercios con bien planificados procedimientos; ya varios de esos negocios se mantienen enrejados y desde su interior entregan mercaderías a sus compradores.

Por otra parte cómo se detectan a quienes sacan reglamentariamente alta sumas de sus cuentas bancarias y son seguidos y asaltados.

Se suma a todo ello los robos de camiones cargados de mercaderías y los de cajeros automáticos. También lo están haciendo con camiones de distribución urbana de diferentes productos.

No puede dejarse de mencionar los asaltos a sucursales bancarias. Incluso merece mención especial al robo con violencia a las bencineras.

El robo y los asaltos domiciliarios en los más diferentes barrios se hacen más frecuentes. No pocos de los hogares han sido afectados más de una vez.

Impresiona ver en el día de hoy el exceso de protecciones en viviendas y en propiedades de otra naturaleza. Hay algunos hogares en que sus residentes viven en especies de jaulas hasta con rejas superiores. Ya hay experiencias de incendios con personas fallecidas por no poder salir de sectores de su vivienda por las protecciones contra robos.

A muchos llama la atención que parte importante de los delincuentes atrapados son reincidentes o que ya tenían órdenes de detención.

Muchas de las cárceles están saturadas y no se preocupan mayormente de rehabilitar a los detenidos, por el contrario pasan a ser formadores de delincuentes con mayores conocimientos para delinquir; se les ha llegado a llamar a las cárceles universidades para delincuentes. Aparentemente la justicia debe recurrir, podría decirse simbólicamente, a las detenciones domiciliarias, muy difíciles o imposibles de controlar.

Frente a todo lo anterior, sorprende el trato que se le da a Carabineros. Agredir a un policía parece ya no ser delito; en el pasado se le respetaba mucho más. El respeto a su presencia debe recuperarse en nuestra sociedad, esa es la única medida que podamos contar con una adecuada disponibilidad de policías que resguarde el orden público.

 

Vuelvo al tema del Juez de San Antonio y a la actitud de la Corte de Apelaciones de esa jurisdicción.

En el Diario El Mercurio de Santiago del 7 de julio aparece en una angosta columna con letra chica la siguiente noticia.

Por caso San Antonio:

Ministro Chadwick pide «mayor sentido común» al Poder Judicial

 

«No tiene explicación la falta de sentido común en la aplicación de la ley del tribunal de San Antonio». Con estas palabras, el ministro del Interior, Andrés Chadwick, se refirió a la resolución de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que decretó como ilícita la detención de dos individuos por parte de Carabineros, luego que les realizaran un control de tránsito en la comuna de El Tabo, en un auto con vidrios polarizados, el pasado 28 de mayo.

Al realizar el control, exigieron la apertura del portaequipajes y encontraron tres armas de fuego, casi 200 municiones y más de $4 millones.

En la audiencia de detención, el juez de garantía de San Antonio, Juan Pablo Flores, consideró ilícita la detención y quedaron en libertad, al estimar que un control de tránsito no faculta a revisar el maletero.

En ese contexto, el titular de Interior señaló que respeta las resoluciones judiciales, pero pidió «mayor sentido común» y una «mayor iniciativa para combatir la obvia y evidente acción del delito».

Más antecedentes sobre el caso.

Noticia sobre rechazo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso a presentación del Ministerio del Interior.

Publicación de El Mercurio de Santiago del 6 de julio-

Recurso lo había presentado el Ministerio del Interior:

Corte consideró improcedente queja contra juez que dejó libres a detenidos con arsenal

viernes, 06 de julio de 2018

Olivares y C. Carvajal      

Dijo que esa impugnación solo procede cuando la falta o el abuso se comete en sentencia que pone fin al juicio, y lo aludido ocurrió en audiencia de control de detención.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de queja presentado por el Ministerio del Interior contra la resolución del juez titular del Segundo Juzgado de Garantía de San Antonio, Juan Pablo Flores, el 29 de mayo pasado. Ese día, en una audiencia de control de detención, el magistrado dejó libres a dos detenidos en Cartagena, a quienes Carabineros, en un control preventivo, les encontró en el portaequipajes una maleta con armas, municiones y dinero.

Según el juez, no correspondía que los policías le revisaran la maleta. Estimó que el simple hecho de que los carabineros encontraran sospechoso que el auto llevara todos los vidrios polarizados no era razón para registrar la cajuela. De modo que el juez Flores declaró ilegal la detención. Y citó para una audiencia de formalización un mes más tarde, fundado en el artículo 7 numeral 6 de la Convención de Derechos Humanos, precepto que para el magistrado primaría por sobre el Art. 132 del Código Procesal penal, lo que no le pareció correcto al abogado del Ministerio del Interior, Ítalo León Véliz.

«Prejuicio» del juez

León Véliz también criticó que el juez hubiera «prejuzgado» cuando les señaló a los detenidos en la audiencia de control de detención: «Don Manuel, don Nilson, en castellano: ¡Estimo que la policía se excedió groseramente y sin justificaciones! Lo que puede implicar, en una condenación responsable y trabajadora de sus defensores, y tienen defensores responsables y trabajadores, que sus riesgos de condena sean bastante bajos. Pero eso implica que ustedes comparezcan voluntariamente a los actos del proceso. Porque si ustedes no vienen caminando por sus propios medios, se va a despachar una orden de detención y lo más probable es que queden en prisión preventiva. En caso contrario, si vienen caminando, lo más probable es que al final del día puedan ser absueltos. ¿Estamos claros?».

Dictamen

La Segunda Sala de la Corte respondió al recurso de queja del Ministerio del Interior señalando que dicha impugnación solo procede cuando la falta o el abuso se comete en sentencia que pone fin al juicio, y lo aludido ocurrió en audiencia de control de detención.

El juez aludido replicó en el alegato que no se ha puesto término al juicio ni se ha hecho imposible su continuación.

En tanto, la Corte señaló que «en la especie, la falta o abuso alegado se habría cometido en la dictación de aquella resolución que determina la libertad de los detenidos y acto seguido fija la fecha para la audiencia de formalización, impidiendo con ello al Ministerio Público formalizar la investigación en ese acto». De acuerdo con los hechos, continuó la Corte, la resolución dictada por Flores «en ningún caso puso término al juicio ni tornó imposible su prosecución -continuidad del juicio-, pues de los antecedentes expuestos por los intervinientes queda claro que el procedimiento siguió su curso, con independencia del resultado del mismo».

Nunca llegó
Nilson Cerda (26) nunca llegó a la audiencia con el juez Flores. Y Manuel Olivares Maldonado (56) fue formalizado el 6 de junio en
el Tribunal de Garantía de Rancagua por tráfico de drogas, armas y municiones. Quedó en prisión preventiva.

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