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Oscar Fenner Marín: El Código de la Justicia Militar y su crítica al cambio de la disposición original que establecía que sus jueces fuesen miembros retirados de sus carreras en las Fuerzas Armadas

Conocí casualmente a Oscar Fenner Marín cuando acompañaba a mis hijos a practicar equitación en un centro privado ubicado en el Camino Las Condes. Tuve la oportunidad de conversar con él y recibir en un par de oportunidades sus enseñanzas en equitación como alumno único. Recuerdo que ellas fueron para mí muy valiosas.

No tenía más antecedentes sobre él. Posteriormente supe que era un militar retirado y persona de una brillante trayectoria. Me informé de gran parte de ello al observar su De Profundis por la televisión de la Universidad Católica de Valparaíso.

Antes había observado el De Profundis de Eduardo Frei Montalva.

Los De Profundis eran grabaciones de personas muy importantes, que se les hacía en vida, para ser difundidas después de su muerte.

Lo que me más impresionó en esa presentación fue su crítica al Gobierno Militar al establecer que militares activos fuesen miembros de la justicia militar. Para él era muy importante que esa justicia estuviese en manos de miembros de gran prestigio retirados de las Fuerzas Armadas, que pudiesen actuar independientes de ellas y que sus decisiones no pudiesen afectar sus carreras militares. Además así sus miembros tratarían preferentemente resguardar y reforzar el prestigio de sus instituciones.

Tuve la oportunidad de conversar este tema con mi compañero de estudios de Ingeniería Comercial de la Universidad de Chile, Edgardo Boeninger, quien tanto intervino en las gestiones de la transición a la democracia. Él me señaló que aquello no pudo conseguirse en esos momentos.

Cabe preguntarse hasta dónde estas disposiciones pueden haber favorecido las criticables situaciones que se han presentado en sectores de las fuerzas armadas, especialmente en el Ejército.

A mi entender esa situación se mantiene, como también no ha podido lograrse que en Chile lleguemos a tener una auténtica constitución que nazca en lo posible a través de una Asamblea Constituyente, como anhelaban grandes estadistas del pasado entre ellos especialmente Eduardo Frei Montalva.

Me parece conveniente dar algunos importantes antecedentes de este destacado militar, abogado y político.

Nació el 10 de abril de 1893 y falleció el 25 de enero de 1982

Hijo de Ricardo Fenner Krause y de Dolores Luisa Marín Mujica.

Cursó hasta el tercer año en el Liceo de Angol y posteriormente continuó sus estudios en la Escuela Militar en 1906. Perteneció a la rama de caballería del Ejército, llegando al grado de mayor.

Mientras estuvo en el Ejército realizó sus estudios de derecho; juró como abogado en 1922.

Se retiró del Ejército para ejercer el cargo de Auditor General de Guerra.

Fue profesor de la Escuela Militar, de la Escuela de Carabineros y la Academia de Guerra.

En el primer gobierno de Carlos Ibáñez del Campo fue Ministro de Justicia (1925) y a su iniciativa se promulgó leyes sobre quiebras, letras de cambio, realización de la prensa, etc. Redactó, junto a Santiago Lazo, el Código de Justicia Militar de 1925.

En ese gobierno fue además Secretario General de Gobierno y Ministro de Tierras y Colonización.

El presidente Ibáñez lo nombró presidente del consejo y director de La Nación y Los Tiempos (Chile, 1923-1934).

Fue Ministro de la Corte Marcial por veinte años (1932-1952).

Durante el segundo gobierno de Ibáñez ocupó los ministerios de Economía y Comercio (1953) y de Relaciones Exteriores (1953). En este último cargo dictó un decreto sobre regulación de la inmigración y se creó el Estatuto Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores, el que creó una Escuela de Servicio Exterior.

Debió renunciar tras las diferencias de opinión que tuvo con el presidente Ibáñez respecto a las relaciones con la Argentina de Juan Domingo Perón.

Contrajo matrimonio con Efigenia Barros Jarpa en 1925 y, tras enviudar, con Catalina Vodanovic Haklika en 1964.

Sin duda además de haber pertenecido a la Rama de Caballería, quienes se caracterizan tradicionalmente por sus grandes valores éticos, obtuvo su título de abogado mientras pertenecía al Ejército. Renuncia a él para asumir el cargo de Auditor General de Guerra.

 Llama la atención haber sido ministro de Estado en tan distintas carteras; se inicia con la de Justicia en 1925 en la que por su iniciativa se promulgaron leyes sobre quiebras, letras de cambio, realización de la prensa, etc. Además redactó, junto a Santiago Lazo, el Código de Justicia Militar de 1925. Fue además en el primer gobierno de Carlos Ibáñez del Campo Secretario General de Gobierno y Ministro de Tierras y Colonización.

 Fue posteriormente ministro de Economía y Comercio y de Relaciones Exteriores durante el segundo gobierno de Ibáñez del Campo.

 Cabe finalmente destacar su permanencia por 20 años como Ministro de la Corte Marcial (1932 -1952).

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