Fuerte, clara y realista inserción hizo el Consejo de Facultad de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Chile el domingo 13 de abril en el Diario El Mercurio, criticando aspectos importantes de la política universitaria, especialmente en lo relacionado con la carrera académica y en particular en torno al tema de los Profesores Asistentes, pilares de la Universidad, que son sancionados en sus calificaciones por no ascender a la jerarquía de Profesor Asociado dentro de plazos preestablecidos. Se comentan estos temas y otros relacionados con aspectos universitarios fundamentales.
En la inauguración del año académico en la sede de Antumapu, el Rector, profesor Víctor Pérez recibió críticas por temas como los aranceles universitarios y la situación de los Profesores Asistentes sancionados en sus calificaciones por estar en su jerarquía más allá de los plazos establecidos. Estos problemas fueron planteados por los alumnos.
Respecto del tema de la calificación académica, el Rector afirmó que este reglamento general que incluye el artículo 45, se definió hace quince años estipulando los períodos máximos de permanencia de la carrera académica (en las jerarquías de Ayudante e Instructor es de 8 años, sumados los tiempos cumplidos en ambos rangos; para Prof. Asistente es de 12 años), determinando el estado de avance de ésta.
El tema está principalmente en torno a los profesores asistentes que no han conseguido ascender a la categoría superior dentro del plazo establecido por una reglamentación aprobada por el Consejo Superior de la Universidad de Chile hace tres lustros. Este plazo máximo fue establecido en 12 años. De no lograr este ascenso en los plazos máximos, el académico está obligado a alejarse de esta casa de estudios.
Debe tenerse presente que los académicos de la Universidad de Chile son calificados periódicamente de acuerdo a reglamentación bastante precisa. De acuerdo a su aplicación, el académico puede quedar en lista 3, calificada de buena, en lista 2, correspondiente a regular o insuficiente o en lista 1, de mala. En tal caso debe dejar la universidad; si repite la lista 2 en dos procesos consecutivos, igualmente debe alejarse.
Como tomar la determinación de alejar al Profesor Asistente por su excesiva permanencia en la jerarquía no es fácil, y puede discutirse la legalidad de una destitución a un académico bien calificado, la Comisión Superior de Calificación Académica de la Universidad de Chile estableció que a aquellos académicos que han excedido ese tiempo de permanencia, se les debe rebajar en un punto su calificación que se le hace en su Comisión de Facultad, lo que significa que al bien calificado se le pasa a considerar de calificación insuficiente. En mi opinión es una medida muy irregular, que obliga desde el exterior a una Comisión a rebajar una calificación que estaba basada en el real rendimiento del calificado.
He sabido que en varias facultades, con mucha razón, no se ha aceptado esta instrucción. Esto se puede decir que es como sacar las castañas con la mano del gato. La Comisión Superior no asume ella su responsabilidad y obliga a la de Facultad a hacerlo. Otras facultades han aceptado estas instrucciones. En mi opinión estos hechos, la instrucción dada por la Comisión Superior y la aceptación de las Comisiones de Facultad, son síntomas de la pérdida de valores en la Casa de Bello.
Hasta la fecha de la aprobación de esta reglamentación de hace 15 años, la categoría de Profesor, incluso de la del nivel inicial, motivaba un nombramiento estable, mientras fuese bien calificado en la labor que debía realizar.
Los profesores asistentes han constituido un pilar básico en gran parte de las Facultades de la Universidad de Chile y representan el número mayor de académicos de esta casa de estudios. Conocí en profundidad los casos de tres facultades a las que estuve bastante ligados, la antigua de Ciencias Agrarias y Forestales, de la cual fui decano entre 1990 y 1994, y las dos desagregadas de ella, las actuales de Ciencias Agrarias y de Ciencias Forestales. En todas ellas los profesores asistentes eran numerosos y constituían la base fundamental de las actividades académicas, especialmente en la docencia.
A mí me correspondió ser Decano y miembro del Consejo Superior de la Universidad cuando se aprobó este reglamento. Yo personalmente me opuse a esta disposición; me gustaba la idea anterior de la estabilidad del académico en su jerarquía de profesor; además consideraba que para los que ya habían accedido a profesor, se les estaba quitando derechos adquiridos; incluso esta pérdida de derechos podía estimarse que también afectaba a todos los que ya habían iniciado la carrera académica y no habían aún logrado de jerarquía de Profesor. Más adelante tuvo que establecerse que los 12 años debían contabilizarse desde la fecha de la aprobación del nuevo reglamento; de todos modos ello significó pérdida de derecho adquirido para quienes a lo menos ya eran profesores de esa jerarquía inicial.
Es interesante lo que expresa la inserción del Consejo de Facultad de Arquitectura en general sobre los Profesores Asistentes de la Universidad de Chile: «Los Profesores Asistentes constituyen hoy el grupo más numeroso dentro de los académicos de la Universidad realizando labores que van más allá de la docencia. A modo de ejemplo es importante señalar que forman parte de los equipos directivos en las Facultades e Institutos, los grupos de investigación, lideran muchas veces las publicaciones, formando parte importante de comisiones de diversa índole y participan de asesorías técnicas, todo ello caracterizado por un espíritu de servicio y entrega incondicional a la Universidad, asumiendo cargos y labores que superan con creces las tareas que reglamentariamente les corresponden y para los cuales no existen académicos dispuestos y validados en conformidad a los cuerpos legales facultados para realizarlas».
He tenido la experiencia y el conocimiento de que en no pocos Departamentos de Facultad, – el Departamento es la unidad académica básica de la Universidad -, han debido asumir el cargo de Director, Profesores Asistentes, en contra de disposiciones que señalan que estos cargos sólo deben ser desempeñados por Profesores Asociados o Titulares.
En la inserción de Arquitectura se señala además textualmente: «De un total de 242 académicos que existen en nuestra facultad, 113 son Profesores Asistentes que atienden más del 80 % de la carga docente de pre y postgrado, además del desempeño en los cargos de nivel directivo. A un número considerable de estos profesores se les ha rebajado su calificación por el solo hecho de haberse excedido en el plazo de permanencia en la jerarquía, sin considerar el cumplimiento de las actividades que la autoridad local les aprobó y de las cuales existe consenso en considerarlas como ejecutadas y a plena satisfacción».
La reglamentación existente para evaluar los ascensos académicos y la forma de aplicarla ha dificultado a muchos de los ascensos. Las jerarquías de Ayudante, Instructor y Profesor Asistente se resuelven en las comisiones de Facultad; en cambio las de Profesor Asociado y de Profesor Titular, previa aprobación de la Comisión de Facultad, deben ser consideradas en la Comisión Superior.
En general pocos ascensos propuestos por las Comisiones de Facultad, son aprobados en la Comisión Superior.
Son varias las razones que influyen en esto; entre éstas estaría lo que señala la Facultad de Arquitectura, que la política de promoción académica existente no reconoce las diferencias disciplinarias y de origen de sus académicos y que los integrantes de la Comisión Superior en su mayoría «provienen de las denominadas ciencias duras e imponen al resto de las disciplinas de orden humanista condiciones similares, generando graves inconsecuencias, en el proceso de evaluación para los académicos de nuestra Facultad que son medidos con parámetros inadecuados a su labor».
Otra razón importante son los quórum que se exigen en la Comisión Superior. Recuerdo que se requerían 8 votos favorables y muchas veces la comisión funcionaba con sólo 8 miembros; no era fácil conseguir asistencia superiores, por las naturaleza misma de que está formada por profesores titulares que deben desarrollar muchas otras actividades, a veces incluso fuera del país.
Conocí casos de que ascensos fueron negado con siete votos favorables y un voto en contra o con siete favorables y sólo una abstención. Era increíble que el informe de la Comisión Superior para el rechazo debía basarse en la opinión de un académico que votó en contra o se abstuvo. En el fondo lo que aparece es lo que podría llamar un veto minoritario al ascenso. Entiendo que posteriormente se estableció que la Comisión no podía funcionar con menos de 12 miembros.
Durante un período corto fui miembro de la Comisión de Evaluación del INTA; mucho aprendí ahí. Se actuaba con un muy buen criterio, ya que siempre se buscaba un consenso, ya fuera para la aprobación o el rechazo; los rechazos daban así buenos argumentos y buena sugerencias para que el académico en una nueva presentación obtuviera en lo posible el ascenso o la proposición hacia arriba de éste. La Comisión Superior, a mi juicio debiera actuar con criterios similares.
La Universidad de Chile ha perdido importantes académicos, por haberse negado sus ascensos. Recuerdo el caso de una distinguida académica que fuera propuesta por el INTA para Profesora Asociada, proposición rechazada por la Comisión Superior, tanto en su primer fallo como en su solicitud de reconsideración. Esta profesional había sido nada menos que Presidenta de su Colegio Profesional donde había desarrollado una brillante dirección, además ella había obtenido un Magister con las más altas calificaciones. Ella debió alejarse con el pesar de ella y del Director del Instituto; al poco tiempo una importante universidad privada le ofreció un interesante contrato para asumir la dirección de la creación de la carrera que otorgaba el título que ella poseía, para todo el período de la carrera, de cinco años; posteriormente fue renovado su contrato.
Un tema complejo es que deba ser el propio académico el que solicite su ascenso y si éste es rechazado, el mismo deba pedir la reposición o reconsideración. Tuve un caso en mi periodo de decano, que un profesor fue propuesto por la Facultad de Ciencias Agrarias y Forestales para ser Profesor Titular; su proposición fue rechazada sólo por un voto, lo que motivó una serie molestia en los académicos especialmente los de su profesión de Ingeniero Forestal. Él no quería pedir la reconsideración de su caso, que el mismo Presidente de la Comisión Superior pidió que se hiciese; no es fácil para quien ha recibido un rechazo, señalar que sus méritos son mayores a los considerado por una comisión de tan alto nivel. Frente a su negativa, el entonces Presidente de la Comisión Superior aceptó que yo como decano pudiese hacer la presentación; al pedirle al académico que me aportase todo los antecedentes, él me señaló que frente a esa situación estaba dispuesto a pedir su reposición, lo que hizo. El resultado fue positivo; al poco tiempo este académico fue designado Decano.
En mi opinión la reglamentación debiera estipular que la Comisión Superior sólo podría rechazar un ascenso propuesto, si tiene mayoría para hacerlo; incluso el empate en esa Comisión debería permitir el ascenso.
Cuando fui decano y miembro del Consejo Superior de la Universidad, un grupo propusimos rebajar el quórum para aprobar ascensos, pero la mayoría del Consejo lo rechazó.
Es preocupante que los que llegan a altos cargos o jerarquías a veces se ponen como podría decir «exquisitos»; actúan más como «excelentes» que como «sabios».
Recuerdo también que el académico que llevaba la presentación de la proposición de ascenso a la Comisión Superior no recibía el trato adecuado; sólo podía entrar a la Comisión en el momento que se le invitaba, su presentación era habitualmente cuestionada y no podía permanecer durante el desarrollo del análisis de la proposición. No era fácil conseguir que un miembro de la Comisión local llevara esta recomendación. Debe tenerse presente que todos los miembros de estas comisiones deben ser profesores titulares.
Es de comprender las tensiones que se le generan al académico que ve que se acerca el plazo de permanencia en la categoría, sin poder ascender, a pesar que está bien calificado e incluso que la Comisión de su Facultad o Instituto propuso su ascenso, rechazado en la Comisión Superior.
Es muy expresivo el sentimiento existente en la Facultad de Arquitectura y Urbanismo, manifestado en el siguiente párrafo: «Este tipo de reglamentaciones son las que atenta contra el verdadero espíritu universitario ya que muchos de los Profesores Asistentes a los que se les ha rebajado su calificación académica, se han ganado el reconocimiento de su comunidad por su meritoria gestión, instancia en que la denominación de maestro o profesor no es producto de un conjunto de requisitos impuestos a un académico, sino de la opinión y reconocimiento de sus pares y fundamentalmente de los alumnos.
Resumen
Existe un serio problema con los Profesores Asistentes que no han logrado, a pesar de sus buenas calificaciones, subir en los plazos establecidos y por lo tanto deberían alejarse de la Universidad. Sus alejamientos dañaría a ésta en profundidad. El número de ellos en esta situación es considerable. Llama la atención que este tema parece de más preocupación del estudiantado y de la Asociación de Acadépemicos, que de las autoridades de la Universidad
Es preocupante que el no ascenso oportuno genere una baja en la calificación, a pesar de que el académico haya realizado una buena labor.
La Reglamentación de Carrera Académica debiera corregirse para lograr que se adapte a la realidad, aprovechando las experiencias recogidas. Sería de desear que se aplicaran las reglamentaciones existentes con más sabiduría
La situación existente ha motivado la pérdida de buenos académicos los que han ido a reforzar a otras universidades, especialmente a privadas.